Las boletas de honorarios, respalda el pago de servicios esporádicos, actividades profesionales, administrativa, etc. Este documento tributario es una forma de remuneración para quién ejerza el servicio.
Este tipo de impuesto es de segunda categoría, o sea que según el Servicio de Impuestos Internos pertenece a ingresos por rentas de trabajo.
Estos honorarios están relacionados a actividades gravadas por el artículo 42, nº 2 del Impuesto a la Renta y se paga por medio de un DTE, llamado boletas de Honorarios.
Este 2022 se le aplicará un 12,25% de impuestos de segunda categoría a las boletas de honorario. Este porcentaje se retiene hasta el cálculo de Operación Renta del año tributario.
Para calcular la retención ya mencionada, dependerá del tipo de acuerdo que tenga el que solicita el servicio con quién lo presta. Y lo retiene quien paga la renta. Proyecciones del SII señalan que para el 2020 la retención llegaría a un 17%.
Un ejemplo de la retención del 12,25% que se aplicará este año es considerar que si cobras $100.000 por x servicio, tendrás una retención de $12.250 (correspondientes al 12,25).Considera que el monto final a recibir es de $87.500.
Los honorarios mensuales están afectados a un Impuesto Global Complementario que debe ser declarado una vez al año a través del Formulario 22 de la Operación Renta.
Para hacer una boleta de honorarios se deben considerar ciertos aspectos:
Verifica el inicio de actividades de quien recibe o emite la boleta. Si no lo han ejecutado existen soluciones para crear una boleta de honorario que pueda respaldar el servicio que se entregó.
Si necesitas realizar una puedes hacerlo desde el portal de Servicios de Impuestos Internos. En la sección de Servicios en Línea.