El impuesto global complementario es uno de los pilares del sistema tributario chileno. Aplica a las personas naturales residentes en el país y grava el total de sus ingresos anuales, considerando todas las fuentes posibles. Su lógica es simple: mientras mayor es el ingreso, mayor es la carga tributaria.
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Este impuesto es personal y progresivo. Se declara una vez al año, mediante la Operación Renta, y complementa otros tributos ya pagados, como el impuesto de primera categoría asociado a rentas empresariales. No se aplica de forma aislada, sino sobre la base de una visión global de los ingresos del contribuyente.
¿Quiénes están afectos al impuesto global complementario?
Deben declararlo las personas naturales que superan un determinado umbral anual de ingresos. Se consideran sueldos, honorarios, arriendos, dividendos, rentas de inversiones y también ingresos obtenidos en el extranjero. Si existen varias fuentes, todas se suman.
Cómo se calcula
El proceso parte con la suma de los ingresos brutos anuales. Luego se descuentan las deducciones permitidas por ley, como cotizaciones previsionales obligatorias o ciertos intereses hipotecarios. El resultado es el ingreso neto imponible, sobre el cual se aplican tasas progresivas definidas por tramos.
Las tasas comienzan en 0% para los ingresos más bajos y pueden superar el 35% en los tramos más altos. El impuesto final es la suma de lo que se paga en cada tramo, no una tasa única sobre todo el ingreso.
Deducciones y créditos
Además de las deducciones, existen créditos que rebajan directamente el impuesto calculado. Entre ellos están los impuestos retenidos durante el año, los pagos provisionales y, en algunos casos, impuestos pagados en el extranjero.

La declaración se realiza con el Formulario 22 del SII, generalmente en abril. No declarar, hacerlo fuera de plazo o con errores puede generar multas, intereses y fiscalizaciones. Entender el impuesto global complementario es clave para cumplir correctamente y evitar costos innecesarios.
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