El régimen de Tributación Semi Integrado, es un régimen de tributación general que establece que los dueños de las empresas deben tributar sobre la base de los retiros efectivos de utilidad que realizan desde éstas.
Sin embargo, y a diferencia del régimen de renta atribuida, los socios, accionistas o comuneros tendrán derecho a imputar como crédito un 65% del impuesto de Primera Categoría pagado por la empresa respectiva.
Renta atribuida
Las empresas que se acojan al sistema de renta atribuida deben pagar Impuesto de Primera Categoría con tasa de 25,5% durante el año comercial 2017 y con tasa de 27% a partir del año comercial 2018 en adelante.
Los socios, accionistas o comuneros con domicilio o residente en Chile deberán pagar el Impuesto Global Complementario con una tasa progresiva que va entre el 0% y el 35%. En el caso de las personas con domicilio o residencia en el exterior, se debe pagar el Impuesto Adicional cuya tasa es de 35%. En ambos casos, los socios, accionistas o comuneros podrán imputar como crédito el 100% del impuesto de Primera Categoría pagado por tales rentas.
Fuente: Servicio de Impuestos Internos