La microempresa familiar es una de las alternativas más interesantes para quienes buscan iniciar un emprendimiento sin grandes complicaciones. Según el Servicio de Impuestos Internos, este tipo de empresa reúne a una o más personas naturales que realizan actividades comerciales o profesionales desde su casa habitación. Suena sencillo, pero para operar bajo este régimen tributario es necesario cumplir una serie de requisitos específicos.
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¿Qué es una microempresa familiar?
La microempresa familiar está definida en la Ley 19.749 como una modalidad que permite la producción de bienes o la prestación de servicios directamente desde el domicilio familiar. No se necesita un gran capital ni una sociedad formalizada. Cualquier persona natural puede formar parte de este régimen, siempre que cumpla las condiciones establecidas por la ley.
A nivel tributario, las obligaciones son similares a las de otros tipos de sociedades.
Esto incluye declarar los Formularios 50 y 29 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos, además de retenciones, pago provisional mensual, IVA y el Formulario 22 de Declaración de Renta anual.
Por si fuera poco, existe la posibilidad de acogerse a la contabilidad simplificada, llevando solamente un libro de compras y ventas, y emitiendo los documentos tributarios correspondientes.
¿Cómo puedo operar legalmente como microempresa familiar?
Debes seguir ciertos pasos.
1. Llenar el Formulario de Inscripción de Registro en la municipalidad correspondiente, acompañado de una declaración jurada y la declaración de inicio de actividades. El costo de este trámite puede variar según la comuna.
2. Una vez inscrito en el municipio, deberás iniciar actividades en el SII, presentando los documentos visados junto a tu cédula de identidad. Es importante considerar que, para ser reconocida como microempresa familiar, debes cumplir con las siguientes condiciones:
Actividad en casa: El giro económico debe ejercerse en la casa habitación de los constituyentes.
Actividad segura: No deben realizarse actividades peligrosas, contaminantes o molestas.
Ocupantes legítimos: Los participantes deben ser ocupantes legítimos del inmueble, sea propio, arrendado o cedido.
Número de trabajadores: No pueden emplear a más de cinco personas externas a la familia.
Capital inicial: El valor de los activos o el capital inicial efectivo no debe superar las 1.000 UF, excluyendo el valor del inmueble.
3. Además, si el negocio implica la manipulación o producción de alimentos, será indispensable contar con una autorización sanitaria. Si se reside en un condominio o edificio, también será necesario obtener el permiso del comité de administración.
¿Me conviene este tipo de empresa?
Adoptar el régimen de microempresa familiar tiene varias ventajas.
La principal es la posibilidad de operar desde la propia casa, sin necesidad de cumplir con las normativas de zonificación industrial o comercial. Esto simplifica considerablemente los trámites para pequeños negocios o emprendimientos familiares.
Otra ventaja importante es que muchos trabajos realizados como encargo de terceros quedan exentos de IVA. Esto representa un ahorro considerable en los costos tributarios para ciertos tipos de servicios.
Sin embargo, también existen limitaciones.
No se pueden incorporar socios. El capital inicial no puede superar las 1.000 UF. Además, toda la operación debe realizarse exclusivamente en el domicilio inscrito. Si alguna de estas condiciones no se cumple, la empresa deberá constituirse bajo otro tipo de sociedad para continuar operando legalmente. Por último, si el inmueble es de tu propiedad y lo utilizas como local comercial, deberás considerar el pago de las contribuciones municipales correspondientes.
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